sábado, 20 de septiembre de 2008

La actuación de 3 jueces fue vergonzosa, dicen abogados

RECHAZO • Según el presidente del Colegio de Abogados de Bolivia, el proceso fue ilegal. El Gobierno dijo que todo está respaldado legalmente.

El Colegio de Abogados de Bolivia calificó de vergonzosa la actuación de tres jueces en el proceso judicial que se aplicó en contra del prefecto de Pando, Leopoldo Fernández, y argumentó que la detención de la autoridad departamental no tiene ningún respaldo legal.

“Los abogados del país estamos indignados, creemos que la actuación de la Corte de Distrito en su sala penal segunda y del juez cautelar (Williams Dávila) que conocieron este caso constituyen un acto vergonzoso para el Poder Judicial, y que amerita una investigación porque existen indicios de prevaricato y resolución contraria a las leyes”, informó ayer a La Razón, Edwin Rojas, presidente del Colegio de Abogados de Bolivia.

Añadió que la institución solicitará al Consejo de la Judicatura investigar y sancionar a los actores de este proceso, ´porque en el país no podemos estar sometidos a los designios del poder político”, aclaró Rojas.

El 12 de septiembre, el Gobierno —a través de una conferencia de prensa de los ministros de Gobierno y de Defensa, Alfredo Rada y Walker San Miguel, respectivamente— dictó estado de sitio en Pando, tras un enfrentamiento que dejó 13 personas muertas, según un informe oficial del Ministerio de Salud. Ese mismo día, Fernández dijo que no acataría la decisión.

El lunes, Fernández fue detenido; el Gobierno argumentó que fue llevado como confinado, tras haber desacatado el estado de sitio dictado cuatro días antes.

Detenido en La Paz, familiares de las víctimas de Pando presentaron una denuncia en contra del Prefecto por los delitos de terrorismo, asesinato y asociación delictuosa. Un día después, el juez cautelar Williams Dávila determinó la detención de Fernández en el penal de San Pedro.

Según Rojas, se encontraron varias irregularidades en el proceso judicial en contra de Leopoldo Fernández.

Dijo que el día que fue detenido o confinado debía haber sido llevado a un juez de su región, para que éste decida a qué lugar sería trasladado.

Al respecto, el viceministro de Justicia, Wilfredo Chávez, dijo que “se dio orden de arresto de parte de las autoridades legitimadas de parte del Ministro de Defensa y Gobierno, todo está legalmente respaldado y por eso (Fernández) ha perdido el hábeas corpus”.

Según Rojas, el juez cautelar Williams Dávila no tenía por qué asumir el caso de Fernández, ya que ese tipo de casos deben ser tratados por la Corte Suprema de Justicia, y que incluso Dávila sabía, antes de emitir su sentencia, que no podía hacerlo.

El viceministro, en cambio, dijo que si Dávila asumió el caso fue porque se hizo una denuncia ordinaria, de parte de los familiares de las víctimas de Pando.

“Las pruebas muestran cuándo ametrallan a los campesinos, no creo que Fernández haya estado feliz en su casa”, dijo.

Cuando se le consultó al viceministro si es que el Ejecutivo iniciaría un juicio de responsabilidades contra Fernández como se había anunciado, dijo: “Nosotros no vamos a iniciar ningún juicio de responsabilidades, ya se ha hecho un juzgamiento a nivel privado y vamos a respetarlo”.

LOS HECHOS

Detención • El martes, el prefecto de Pando, Leopoldo Fernández, fue confinado a la ciudad de La Paz por no acatar el estado de sitio.

Denuncia • Una vez en La Paz, familiares de las víctimas del enfrentamiento denunciaron a Fernández por terrorismo.

Sentencia • El juez cautelar rechazó el hábeas corpus y emitió una orden de detención en la cárcel de San Pedro.


Así se manejó la situación jurídica del Prefecto de Pando

GENOCIDIO

La Fiscalía General • El lunes, el Ministerio Público imputó al prefecto de Pando, Leopoldo Fernández; al ex alcalde de Cobija Miguel Becerra y al parlamentario afín al MAS Abraham Cuéllar, por el delito de genocidio en su forma de masacre sangrienta.

Los pasos • La Fiscalía envía el requerimiento acusatorio a la Suprema, y ésta al Congreso Nacional, con una petición para que la autorice con el voto afirmativo de dos tercios del total de sus miembros, y remite los antecedentes otra vez a la Suprema, que se pronuncia por acusación y sobreseimiento, y sólo si se pronuncia por el primero, se inicia el proceso.

ESTADO DE SITIO

La detención • El martes, el Gobierno detuvo al Prefecto, lo condujo al aeropuerto de Cobija y lo obligó a subir a un avión que lo llevó al confinamiento.

El sustento • El artículo 112 de la Constitución Política del Estado, en su inciso cuarto, señala que la legítima autoridad podrá ´expedir órdenes de comparendo o arresto contra los sindicados, pero con un plazo máximo de 48 horas los pondrá a disposición de un juez competente. Si la conservación del orden público exigiese el alejamiento de los sindicados, podrá ordenarse su confinamiento. Pero el confinado, perseguido o arrestado por estos motivos, que pida pasaporte al exterior, no podrá serle negado por causa alguna´.

TERRORISMO

La acusación • Los familiares de las víctimas de la violencia en Pando presentaron ante la Fiscalía una acusación contra Fernández por los delitos de asesinato, asociación delictuosa y terrorismo. En una audiencia cautelar, el juez Williams Dávila lo envió preventivamente al penal de San Pedro, porque determinó riesgo de obstaculización e indicios de que incurrió en actos terroristas.
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